Plataforma Metropolitana de Granada por las Pensiones Públicas. Movimiento ciudadano que lucha por la defensa de unas pensiones públicas y dignas, pensando en el presente y en el futuro.
sábado, 20 de octubre de 2018
miércoles, 17 de octubre de 2018
La Plataforma de Pensionistas de Granada reivindica una profunda reforma del sistema público de pensiones
Al comienzo de la concentración se ha celebrado una asamblea informativa para comunicar la marcha a Sevilla el día 26 de octubre
Al comienzo de la concentración se ha celebrado una asamblea informativa para comunicar la marcha a Sevilla el día 26 de octubre – aprovechando la reunión del consejo de ministros en los Reales Alcázares-, la participación, junto a numerosos colectivos, en la concentración que tendrá lugar en Granada el día 24 de octubre, y la presentación que la plataforma va a hacer, en la facultad de ciencias políticas, de su tabla reivindicativa; actividad en la que tendrá lugar la conferencia del profesor Fernando López Castellano sobre “la sostenibilidad del sistema público de pensiones”.En la concentración mantenida hoy, 15 de octubre, en la plaza del Carmen, un animoso grupo de pensionistas vuelven a reivindicar una reforma, en profundidad, del Sistema Público de Pensiones. Algunas de sus peticiones más significativas -blindaje de las pensiones en la constitución, derogación de las reformas laborales, actualización con arreglo al IPC, rechazo de los planes privados de pensiones…- han sido simbolizadas con lemas como “gobierne quién gobierne, las pensiones se defienden”, o “resistir, insistir, nunca desistir”.
De Granada es Noticia
domingo, 7 de octubre de 2018
Cálculo de la Pensión de Viudedad
GUIA PARA DETERMINAR LA PENSIÓN DE VIUDEDAD
(Ley 6/2018 de 3 julio de PGE, Ley 27/2011 de 1 de agosto y Real Decreto 900/2018 de 20 de julio).
- PAUTAS
PARA
CALCULAR
LA
CUANTÍA
DE
CADA
PENSIÓN
DE
VIUDEDAD
- Pensión total= Pensión Seguridad Social + Complemento a mínimos + Complemento de maternidad si lo hubiera.
- Pensión
S.S.
=
Pensión
Seguridad
Social
sin
complemento
a
mínimos.
- Complemento a mínimos = Cantidad con la que se complementa la pensión de la S.S. para que alcance la pensión mínima y cuyo máximo en 2018 asciende a 380,10 €, para las pensiones nuevas a partir de 1 de enero de 2013, y sin límite para las anteriores a esa fecha.
- Pensión mínima = Pensión S.S. + Complemento a mínimos. Varía según la edad. Los pensionistas posteriores al 1 de enero de 2013 pueden no llegar a la mínima.
- Complemento de maternidad. Para nuevas pensionistas a partir de 1 de enero de 2016, cantidad porcentual que se añade a la pensión de las mujeres que han tenido dos o más hijos No se absorbe por el complemento a mínimos.
- Pensión
S.S.
=
Pensión
Seguridad
Social
sin
complemento
a
mínimos.
Para madres con dos hijos 5%, 10%
con 3 y 15% con 4 o más, de la pensión sin complementos a mínimos.
- Pensiones mínimas viudedad 2018: Mayores de 65 años. 656,9 €. Entre de 60 y 65 años, 614,15 €. Menor de 60 años 497,6 €.
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